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La regla general es que un fuero laboral consiste en la imposibilidad del empleador o patrono de despedir a un trabajador en determinada situación de hecho, por esa causa directa o indirecta.
A través de Tratados Internacionales, existen tres tipos de fueros en materia laboral existen:
Fuero Sindical: es el que tienen los trabajadores sindicalizados respecto a las directivas del sindicato (en todo tiempo) y respecto a los trabajadores en general durante el tiempo de negociación y un tiempo posterior (generalmente es de dos meses luego de la negociación)
Fuero de maternidad: es el que tiene la mujer trabajadora durante el término del embarazo, de la licencia de maternidad hasta finalizar el periodo de lactancia.
Fuero especial de trabajadores con disminución física: En éste caso los trabajadores que sufren alguna deficiencia (incapacidad) física durante la existencia del contrato de trabajo y como consecuencia de él, no pueden ser despedidos, sino que deben ser reubicados, a menos que se le reconozca una pensión.
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