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¿Cómo demandar por accidentes de trabajo? – Acción Laboral

¿Cuál es el plazo para demandar en caso de un accidente del trabajo? Primero que nada en lo que respecta a la pregunta diremos que el concepto de Accidente de Trabajo, se encuentra estipulado en el Artículo 5º de la Ley N° 16.744, donde se define como: “Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte”.

Accidente a causa del trabajo son los que se producen directamente por la ejecución de las tareas o labores.

Con ocasión del trabajo son aquellos en los que existe una relación aunque sea indirecta entre el trabajo y lesión. La lesión puede ser física o psíquica.

Se exceptúan los accidentes debido a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna con el trabajo y los producidos intencionalmente por víctima. La prueba de las excepciones corresponderá al organismo administrador.

Ahora bien y entrando al tema que nos convoca diremos que en el caso de los perjuicios originados por un accidente del trabajo, no existen dudas que el plazo para ejercer una acción de indemnización de perjuicios es de 5 años contados desde la ocurrencia del accidente laboral, sea que se aplique el artículo 79 de la Ley N° 16.744 o el artículo 2515 del Código Civil. Misma regla se aplica en caso de las enfermedades profesionales, en que por regla general, al igual que ocurre con el accidente del trabajo, el plazo para demandar indemnización de perjuicios es de 5 años.

Así, a pesar de existir dos corrientes en la materia, la doctrina mayoritaria se inclina por aplicar, en virtud del principio de especialidad, el plazo de prescripción contenido en el artículo 79 de la ley sobre Riesgos contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, la que establece al efecto un plazo para demandar la responsabilidad en contra del empleador o de terceros, y que es de 5 años contados desde la fecha del accidente o desde el diagnóstico de la enfermedad, por sobre la contenida en el artículo 2515 del Código Civil.

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